La medida fue oficializada mediante una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, que conduce Juan Cabandié, resolvió declarar al caracol gigante africano dañino y perjudicial para la conservación de la biodiversidad, las actividades productivas y la salud humana por ser una especie exótica invasora y hospedadora de nematodes potenciales causantes de enfermedades zoonóticas.
El caracol Achatina fulica, originario del este de África, se introdujo en América, Asia, Oceanía y Europa a causa de la acción antrópica, que facilitó su rápida dispersión, fundamentalmente para su cría como alimento, pero también a través del traslado involuntario adherido a vehículos y a cajones usados en cosechas, a su uso como carnada, al comercio de plantas en macetas —donde se alojan los huevos—, y a su tráfico como mascota.
En Argentina, el caracol gigante africano fue registrado por primera vez en 2010 en Puerto Iguazú, Misiones, y años más tarde fue detectado en la ciudad de Corrientes, siendo éstos los únicos dos focos reconocidos hasta el momento.
Las especies exóticas invasoras son animales, plantas o microorganismos que, al haber sido trasladados más allá de sus límites naturales de distribución, consiguen establecerse y avanzar en los nuevos ambientes donde han sido introducidos, esto genera impactos severos sobre la diversidad biológica, la cultura, la economía y la salud pública.
El caracol gigante africano se desplaza y coloniza el hábitat de moluscos nativos, que deben ser preservados para mantener la biodiversidad y la sustentabilidad del ecosistema. Además del impacto que puede ocasionar sobre la agricultura y la fauna de caracoles de la zona, también puede transmitir parásitos perjudiciales para la salud humana y la de otros animales.
Dichos parásitos están presentes en la baba del caracol y pueden contaminar frutas y verduras, que en el caso de no ser lavadas correctamente pueden causar enfermedades de origen zoonótico a las personas.
La Resolución 417/2020, publicada en el Boletín Oficial, prohíbe la importación, el tránsito interjurisdiccional, la cría y el comercio en jurisdicción federal de animales vivos, productos o subproductos de la especie caracol gigante africano (Achatina fulica).
La medida también establece adoptar las acciones y protocolos elaborados a partir de un proyecto piloto desarrollado con la especie en la provincia de Misiones.
La iniciativa para la contención y erradicación del caracol gigante africano fue elaborada en el marco del Proyecto para el “Fortalecimiento de la gobernanza para la protección de la biodiversidad mediante la Formulación e implementación de la Estrategia Nacional Sobre Especies Exóticas Invasoras (EEI)”, que busca minimizar el impacto de las mismas sobre los recursos naturales, la diversidad biológica, los servicios ecosistémicos, la economía, la salud pública y la cultura.
Para la prevención, el control y la erradicación de este molusco terrestre en el país, la cartera de Ambiente, mediante la Dirección Nacional de Biodiversidad y la Administración de Parques Nacionales, el Servicio de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), las autoridades provinciales competentes en materia de fauna silvestre y el Instituto Nacional de Medicina Tropical (INMeT) del Ministerio de Salud, conformarán un grupo de trabajo.
Fuente y foto: Prensa Ministerio de Ambiente
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